La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 401 votos a favor, reformas a la Ley General de Salud para prohibir la venta y suministro de bebidas energizantes a menores de 18 años. El dictamen fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual aprobación. De acuerdo con el documento, se consideran bebidas energizantes aquellas no alcohólicas que contengan mezclas de cafeína, taurina, glucuronolactona, tiamina u otras sustancias con efectos estimulantes, por lo que los establecimientos deberán verificar la mayoría de edad de los consumidores mediante identificación oficial.
La iniciativa establece que quienes incumplan con la disposición podrían ser sancionados con multas de hasta 2,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a más de 226 mil pesos. Además, la Secretaría de Salud tendrá que emitir una Norma Oficial Mexicana (NOM) para definir categorías, ingredientes y concentraciones máximas permitidas. Como parte de la reforma, también se prevé la coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General para difundir campañas informativas sobre los riesgos que implica el consumo de estos productos en población menor de edad.








